La
Causa Laboral hace entrevista a Victoria Basualdo sobre la
Responsabilidad Empresarial en delitos de Lesa Humanidad.
LCL
¿En qué consiste el fenómeno de la responsabilidad de las
empresas en delitos de lesa humanidad durante la última dictadura
argentina (1976-1983)? ¿Cuándo se empezó a pensar y trabajar este
tema?
VB: La
cuestión de la “responsabilidad empresarial en delitos de lesa
humanidad” alude al papel que desempeñaron empresas y empresarios
en procesos represivos. Dentro de esta problemática general que
puede asumir diversas formas y darse en distintos contextos, hay una
línea de trabajo en particular que analiza en el caso argentino
casos de la última dictadura argentina (1976-1983). A partir de
estos estudios fue posible verificar que empresas y empresarios
tuvieron un papel en la represión a trabajadores/as y sindicalistas,
en articulación con diversos sectores de las fuerzas armadas y de
seguridad.
Las
evidencias la represión a trabajadores/as y sindicalistas, y sobre
las fábricas y establecimientos laborales como territorios de
represión son numerosas y vienen acumulándose hace décadas. Tanto
en el trabajo la Comisión Nacional sobre la Desaparición de
Personas (CONADEP) y el Informe “Nunca Más” como en el
denominado “Juicio a las Juntas” iniciado en 1985 tuvieron
presencia significativa las denuncias de la represión a
trabajadores/as y sindicalistas, y el reconocimiento de algunos
establecimientos laborales como territorios significativos de
represión. Casos emblemáticos que luego investigamos en mayor
profundidad como los de Acindar (Villa Constitución), Ford, ingenios
azucareros como Ledesma, ceramistas como Lozadur, entre muchos otros,
fueron analizados y mencionados desde estos tiempos iniciales.
En
un contexto de impunidad, luego de las Leyes de Obediencia Debida y
Punto Final de la presidencia de Alfonsín y de los Indultos dictados
por el Presidente Carlos Menem, el eje central de la represión a los
trabajadores y de evidencias de participación de figuras
empresariales en la violación a los derechos humanos estuvo presente
en la década de 1990 en documentos y presentaciones internacionales
como la llevada adelante en 1998 por la Central de los Trabajadores
de la Argentina (CTA), central sindical conformada en esos años,
ante el Juez Baltasar Garzón en España, entregando el fruto de un
trabajo de recopilación de testimonios y denuncias que permitió
identificar a miles de trabajadores desaparecidos. También apareció
en los Juicios por la Verdad, en los que diversos testimonios se
refirieron a la represión de trabajadores y sindicalistas y al papel
de las empresas, incorporar una gran cantidad de testigos en diversas
localidades del país que aportaron en sus testimonios nuevas pruebas
de la centralidad de la represión a trabajadores y sindicalistas, y
de distintas formas de participación de sectores empresarios en los
procesos represivos.
En
suma, no se trata de temas nuevos, sino que el impulso que tuvieron
estos temas en los últimos años, tanto en los ámbitos de la
investigación como en la judicialización, retoman una larga
acumulación lograda por las víctimas y sus familias, por organismos
de derechos humanos y por organizaciones sindicales y políticas a lo
largo de décadas.
LCL
¿Qué aportes recientes podría destacar sobre el tema desde el
campo de la investigación?
VB: En
verdad para el análisis de este tema hay que partir de exponentes y
aportes relevantes desde los años 80, como los de Canitrot, Azpiazu,
Basualdo y Khavisse, o Schvarzer, entre otros, que contribuyeron a
enriquecer los estudios sobre los impactos económicos y
distributivos de las dictaduras, que permitió enriquecer las
visiones y explicaciones predominantes de la dictadura iniciada en
1976 centradas principal o exclusivamente en dimensiones políticas.
De estas explicaciones centradas en la confrontación entre fuerzas
armadas y organizaciones político-militares, pasaron a profundizar
en cambio los análisis de las transformaciones económicas y
sociales, dejando al descubierto la conexión entre fuerzas militares
y elite económica, que aunque compleja y con múltiples tensiones y
contradicciones se basaba en una común preocupación por el poder de
los/as trabajadores/as y sus organizaciones.
Estas
investigaciones, algunas de las cuales continuaron a contramano de
las tendencias predominantes en la década del 90, se multiplicaron
y profundizaron desde mediados de los 2000 en adelante. En particular
un libro consiguió una acumulación histórica desde distintos
campos académicos que nutrió este proceso de Memoria, Verdad y
Justicia: el libro por Horacio Verbitsky y Juan Pablo Bohoslavsky,
con el título Cuentas pendientes. Los cómplices económicos de la
dictadura, publicado en 2013, que permitió reunir y poner en diálogo
el trabajo que investigadores y equipos de distintas instituciones
habían venido haciendo desde hacía décadas desde disciplinas como
la economía, la historia, la sociología, la antropología y el
derecho, entre otros. Este libro, que tuvo amplia difusión a nivel
internacional (y que fue luego publicado en inglés por la editorial
de la universidad de Cambridge, Inglaterra), constituyó un puntapié
para trabajos que retomaron estos temas en otros países de América
del Sur como Brasil, Uruguay y Chile, en un contexto de expansión de
redes académicas, encuentros científicos y producciones conjuntas
sobre esta temática.
En
lo que se refiere a contribuciones recientes sobre responsabilidad
empresarial en delitos de lesa humanidad en el caso argentino, cabe
destacar otro libro colectivo que logró abarcar veinticinco empresas
de todo el país, presentando no sólo información inédita, sino
también un abordaje sistemático y comparativo que permitió
realizar aportes sustantivos a la relación entre empresas,
terrorismo de Estado y represión a los trabajadores y trabajadoras
en la Argentina elaborado por un equipo de investigadores/as del AEyT
de FLACSO, CELS, el Programa Verdad y Justicia y la Secretaría de
Derechos Humanos de la Nación, publicado por la editorial Infojus en
2015, y republicado por la Universidad Nacional de Misiones y en otra
edición conjunta con el Centro Cultural de la Cooperación en 2016 y
2017. El diseño metodológico se centró en un análisis en
profundidad los casos, basados en un relevamiento de fuentes muy
amplio, que incluyó documentos judiciales, fuentes de prensa,
archivos estatales y privados y una gran cantidad de testimonios. La
conclusión del estudio pone los casos en diálogo, ofreciendo
evidencias contundentes sobre las distintas formas de responsabilidad
empresarial en la represión, tanto en el territorio de los
establecimientos laborales como por fuera de él.
LCL:
En función de esta investigación mencionada, ¿cuáles fueron las
formas de participación que tuvieron estas empresas y empresarios en
delitos de lesa humanidad?
VB: Este
trabajo conjunto de estas cuatro organizaciones pudo identificar un
patrón común de lo que se denominan prácticas empresariales
represivas y una estrategia común de disciplinamiento laboral
vinculada al terrorismo estatal, incluyendo diversas formas de
militarización de las fábricas, cuyo tipo extremo lo constituyó la
existencia de lugares de detención clandestina y tortura de
trabajadores dentro del predio de los establecimientos. También, a
otras formas de responsabilidad menos visibles pero sumamente
importantes para facilitar o habilitar la represión dentro y fuera
de los lugares de trabajo: el aporte de información clave, como las
listas con nombres, direcciones, fotografías, itinerarios de
tránsito entre el hogar y el lugar de trabajo, así como la
prestación de medios de movilidad, materiales y financieros.
Una
de las conclusiones más importantes de este trabajo de investigación
fue que el concepto de “complicidad”, probablemente el más
utilizado hasta entonces para caracterizar el rol jugado por sectores
empresarios durante la dictadura, no resultaba adecuado para reflejar
el grado de involucramiento empresarial en las políticas
dictatoriales represivas que registramos en los casos analizados. El
concepto de “complicidad” aparece comúnmente utilizado para
describir el acompañamiento de una acción desarrollada por otro
actor y, justamente, no se desprende de la evidencia estudiada que
estas empresas hayan desempeñado un papel complementario o
subsidiario del accionar militar. La articulación entre prácticas e
intereses de las fuerzas militares y de la dirigencia empresarial
aparecía en cambio en los casos analizados como un dato central y
para dar cuenta de esta alianza o confluencia se propuso entonces el
concepto de “responsabilidad”, que permitía reflejar, en una
forma más clara y contundente, el papel activo que tuvieron las
empresas en la represión a los trabajadores, y el peso específico
de su accionar que no podía calificarse como complementario.
LCL:
¿Qué procesos judiciales se han realizado en relación con el tema
de responsabilidad empresarial en violaciones a los derechos humanos?
VB: En
la etapa inicial de judicialización en Argentina habían surgido una
gran cantidad de elementos pero los acusados pertenecían a las
fuerzas armadas. Sin embargo, incluso en la etapa de mayor impunidad,
en 1999, se presentó una demanda en Alemania en nombre de Héctor
Ratto, trabajador de Mercedes-Benz secuestrado en la misma fábrica,
contra el Gerente de Producción de Mercedes-Benz Juan Tasselkraut
por colaborar y permitir el asesinato de otros secuestrados. El
fiscal público de Nuremberg-Fuerth inició las investigaciones del
caso, pero el 27 de noviembre de 2003 suspendió las acciones por
considerar que no se contaba con evidencia suficiente, y señalando
que el asesinato del trabajador Diego Núñez, respecto a cuyo
secuestro se había producido evidencia comprometedora para
Tasselkraut, no podía probarse puesto que no era posible verificar
su destino final por la ausencia de sus restos, que continúan
desaparecidos hasta la actualidad.
Luego
de la declaración de inconstitucionalidad de las leyes de Obediencia
Debida y Punto Final y con la reapertura de los juicios, a partir del
fallo de la Corte Suprema de Justicia de 2005, el eje de
responsabilidad empresarial empezó a aparecer en diversas causas.
Sin embargo, fue sólo en septiembre de 2015 que pudo iniciarse un
juicio oral que tenía como imputados al dueño de una empresa:
Marcos Levín de la empresa de transporte de Salta La Veloz del
Norte. Este juicio terminó en una condena lograda en 2016, la cual
fue luego revertida y anulada por considerar que los hechos, que se
consideraban probados, no podían encuadrarse como delitos de lesa
humanidad. Esto constituyó un retroceso palpable, y fue un ejemplo
más de los numerosos obstáculos que signan hasta hoy el avance
judicial de estos temas. Por eso resultó tan importante que el
segundo juicio con imputados empresariales que llegó a juicio oral
fuera la denominada “Causa Ford Motor Argentina”, que terminó en
diciembre de 2018 con una condena a Santiago Omar Riveros a 15 años
de prisión por las violaciones a los derechos humanos cometidas
contra 24 ex trabajadores de Ford Motor Argentina que estuvieron
secuestrados y detenidos entre 1976 y 1977. Pero además y
fundamentalmente, la sentencia consideró a los dos imputados
empresariales, Héctor Sibilla, Jefe de Seguridad de Ford Motor
Argentina y Pedro Müller, Gerente de Manufactura, como partícipes
necesarios de estas violaciones a los derechos humanos, y por lo
tanto los condenó a 12 y 10 años de prisión respectivamente.
LCL: En
el caso específico de la causa “Ford Motor Argentina”, ¿cómo
describiría el papel de los querellantes, de los abogados defensores
y del tribunal en el desenlace de este juicio? ¿Qué importancia le
asigna a este fallo judicial?
VB:
Tanto las querellas como la fiscalía tuvieron un papel destacado a
lo largo del juicio y jugaron un papel muy importante en el
desarrollo del juicio oral y en la elaboración de alegatos muy
contundentes. Convocaron además a testigos expertos, entre los
cuales me incluyo, que permitieron aportar una gran cantidad de
elementos adicionales, y propusieron además inspecciones oculares a
las comisarías en las que los trabajadores estuvieron detenidos, así
como a la propia planta de Ford Motor Argentina en Pacheco. Los
abogados defensores, estatales en el caso de Riveros y de estudios
privados especializados en empresas en el caso de Müller y Sibilla,
intentaron exculpar por completo a los funcionarios empresariales
argumentando que, contra toda la evidencia, la responsabilidad de lo
sucedido se restringía únicamente a las fuerzas armadas.
El
fallo tuvo una importancia inmensa para el desarrollo de estos temas,
a pesar de la repercusión en la prensa argentina, que fue
extremadamente reducida y que casi no llegó a los principales medios
nacionales, que hicieron silencio o lo publicaron de manera
subrepticia. Por el contrario, se destacó la cobertura internacional
instantánea del caso en medios no sólo de América Latina, sino
también de los cinco continentes, incluyendo medios centrales de
Europa y Estados Unidos. Más allá de la repercusión, el fallo y
los fundamentos elaborados por el tribunal, de una gran extensión y
con una gran solidez, me parecen de una importancia central porque
recuperan una enorme cantidad de evidencia y reconstruyen además la
cuestión de la motivación, considerando que una preocupación
central de los empresarios y los militares era el poder de la
organización sindical en el lugar de trabajo, el papel de los
delegados y la comisión interna.
LCL:
¿Se analizaron vinculaciones entre el proceso productivo y los
procesos represivos investigados en dicho juicio? ¿Se utilizó el
espacio físico del establecimiento de la empresa para llevar
adelante los actos represivos?
VB: La
reconstrucción de la dinámica en el espacio de la producción fue
central en este proceso. Durante el juicio se trabajó con planos de
la fábrica que permitieron reconstruir las relaciones productivas,
ubicar los procesos represivos y comprenderlos dentro de su contexto.
Esto fue particularmente importante porque 17 de los 24 trabajadores
fueron secuestrados dentro de la planta, la mayoría en sus puestos
de trabajo, es decir que sus detenciones fueron ejemplificadoras y
fueron presenciadas por sus propios compañeros y jefes. Muchos de
ellos fueron además llevados a un quincho recreativo dentro de la
planta, el cual había sido una conquista de los trabajadores/as, el
cual luego fue entregado a las fuerzas armadas que se establecieron
allí. En ese quincho convertido en lugar de detención los
trabajadores fueron retenidos y torturados por horas, para luego ser
trasladadados a dos comisarías (Tigre y Maschwitz) donde estuvieron
cautivos por semanas, hasta ser luego transferidos a diversas
unidades penitenciarias. Por lo tanto, claramente el predio de la
empresa, propiedad privada con custodia en sus entradas y
profundamente atravesado por el control empresarial (hasta sus
últimos espacios y con control de tiempos y movimientos) fue un
territorio decisivo del proceso represivo. Todo esto fue analizado en
conjunción no sólo con las cadenas de mando en las que se
insertaban los imputados (teniendo en cuenta actas de directorio y
composición de cuerpos directivos), sino también en función de la
forma en que los imputados ejercían sus funciones, y el papel
concreto e histórico que cumplían en el control de los ingresos y
los movimientos, en el desarrollo productivo y en la supervisión y
decisión de todo lo que ocurría en la propiedad privada de la
empresa.
LCL: ¿Se
mencionó al sindicato en algún momento? ¿Hay evidencias de su
intervención a favor de los trabajadores/as?
VB: Hubo
diversas menciones al sindicato de trabajadores mecánicos y afines,
el SMATA, y en particular a la figura de su líder en ese momento,
José Rodríguez. Se señaló que el sindicato y este dirigente
estuvieron muy lejos de defender a los trabajadores, y que por el
contrario expresaron un enorme malestar en contra del accionar de los
delegados y la comisión interna y su lucha por los derechos
sindicales, aún cuando muchos de los trabajadores secuestrados
provenían de la lista verde y tenían una identificación profunda
con el SMATA. Esto, al contrario de lo que intentaron argumentar las
defensas, de ningún modo menoscaba la responsabilidad empresarial,
sino que por el contrario suma en todo caso otros actores a la trama
que no cuestionan ni cambian las pruebas referidas a la alianza
empresarial-militar. En todo caso, lo referido al SMATA ilumina otro
aspecto, que es el papel de algunos sectores sindicales que en
función de su preocupación y rechazo por lo que consideraban una
“radicalización” de sectores obreros, estuvieron más cerca de
las patronales y de las fuerzas armadas que de los trabajadores. Aún
estos sectores fueron en muchos casos perseguidos luego por la
dictadura, que aunque en primer lugar persiguió a los sectores más
combativos, tuvo como objetivo general la reconfiguración total del
movimiento sindical y el disciplinamiento de las organizaciones
obreras en su conjunto.